La trata de personas puede afectar al mismo tiempo la seguridad, el empleo, la vivienda, las finanzas, las relaciones y la situación migratoria de una persona. Para un sobreviviente de la trata que no tiene estatus migratorio legal, el temor a ser deportado puede complicar aún más una situación que ya es difícil.

La ley de inmigración de Estados Unidos ofrece una forma específica de protección humanitaria para ciertos sobrevivientes de la trata de personas mediante el estatus de no inmigrante T, conocido comúnmente como Visa T.

La Visa T está destinada a personas que han sido víctimas de una forma grave de trata de personas y que cumplen los requisitos del programa. Según las circunstancias, quienes reciben la aprobación pueden obtener estatus migratorio temporal, autorización de empleo y una posible vía hacia la residencia permanente legal. Algunos familiares que cumplan los requisitos también pueden ser elegibles para obtener estatus T derivado.

Un sobreviviente de la trata también puede tener otras opciones migratorias, según los hechos del caso. La cuestión importante no es simplemente si una persona sufrió explotación o abuso, sino si las circunstancias cumplen los requisitos legales del estatus de no inmigrante T u otra forma de alivio migratorio disponible.

¿Qué es la Visa T?

El estatus de no inmigrante T se creó para proteger a ciertas víctimas de formas graves de trata de personas y ofrecer una opción migratoria que permita a los sobrevivientes elegibles permanecer en Estados Unidos mientras se recuperan y, cuando corresponda, ayudan a las autoridades con una investigación o un proceso judicial.

Por lo general, USCIS exige que el solicitante principal de una Visa T demuestre que:

USCIS evalúa la totalidad de las pruebas en cada caso.

Por lo general, el estatus de no inmigrante T puede concederse por un período de hasta cuatro años, sujeto a las normas aplicables.

¿Qué se considera trata de personas?

Al escuchar el término «trata de personas», alguien puede pensar inmediatamente en el tráfico internacional de personas o en el secuestro. Sin embargo, la definición legal es más específica.

En el marco de la Visa T, una forma grave de trata de personas incluye la trata con fines de explotación sexual y la trata con fines de explotación laboral que cumplen la definición legal.

La trata con fines de explotación sexual generalmente implica un acto sexual comercial inducido mediante fuerza, fraude o coacción, o circunstancias en las que está involucrada una persona menor de 18 años.

La trata con fines de explotación laboral generalmente implica obtener trabajo o servicios mediante fuerza, fraude o coacción con fines como la servidumbre involuntaria, el peonaje, la servidumbre por deudas o la esclavitud.

Los hechos específicos son fundamentales. Un lugar de trabajo abusivo, el pago insuficiente o una relación laboral difícil no establecen automáticamente la elegibilidad para el estatus de no inmigrante T. USCIS examina si la conducta se ajusta a la definición legal aplicable de una forma grave de trata de personas.

La trata puede adoptar muchas formas

Las situaciones de trata no siempre son iguales.

Es posible que a un sobreviviente lo hayan reclutado con promesas de empleo legítimo y que después lo hayan obligado a trabajar bajo amenazas. A otra persona podrían haberle quitado sus documentos, haberle impedido salir del lugar de trabajo o haberla amenazado con arrestarla o deportarla.

Los tratantes pueden recurrir a la fuerza física, la presión psicológica, el engaño, las amenazas, el control financiero u otros métodos coercitivos.

Sin embargo, a efectos migratorios, que una persona describa su experiencia como trata no demuestra por sí solo que reúna los requisitos. Las pruebas deben respaldar los elementos legales de la Visa T.

Por eso, la evaluación legal inicial debe centrarse en lo que realmente ocurrió, cómo se controló a la persona, por qué permaneció en esa situación y qué pruebas existen para documentar esas circunstancias.

¿Un sobreviviente de la trata tiene que denunciar al tratante?

La cooperación con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley es una parte importante de muchos casos de Visa T.

Por lo general, USCIS exige que el solicitante demuestre que ha cumplido las solicitudes razonables de asistencia en la investigación o el enjuiciamiento de la trata, salvo que se aplique una excepción o exención. Un sobreviviente que tenía menos de 18 años cuando ocurrió la trata o que no puede cooperar debido a un trauma físico o psicológico puede estar comprendido en una excepción o exención prevista por la ley.

Las directrices de USCIS de 2024 también aclararon que, por lo general, los solicitantes deben denunciar la trata ante una autoridad competente con jurisdicción para investigarla a fin de cumplir el requisito de denuncia, sujeto a las excepciones aplicables.

Esto no significa que deba concluirse un proceso penal antes de que una persona pueda solicitar una Visa T.

Los materiales de USCIS explican que puede presentarse una declaración de las autoridades incluso cuando no se hayan presentado cargos o la investigación o el proceso judicial no hayan concluido. La decisión final sobre la elegibilidad para la Visa T corresponde a USCIS, no al organismo encargado de hacer cumplir la ley.

El Formulario I-914 es la solicitud principal para la Visa T

Por lo general, el solicitante principal pide el estatus de no inmigrante T presentando el Formulario I-914, Solicitud de Estatus de No Inmigrante T.

La solicitud requiere información detallada sobre la trata, el historial migratorio del solicitante y los demás elementos pertinentes para determinar la elegibilidad. USCIS también exige una declaración personal firmada que describa la trata y aborde los requisitos de elegibilidad aplicables. Debe incluirse documentación de respaldo cuando esté disponible.

Por lo tanto, un caso de Visa T implica mucho más que presentar un formulario. La solicitud debe exponer los hechos con claridad y estar respaldada por pruebas que aborden directamente los requisitos legales.

¿Qué pruebas pueden respaldar un caso de Visa T?

Los casos de trata pueden ser difíciles de documentar porque la conducta suele ocurrir en privado, es posible que no existan registros y los sobrevivientes quizá no hayan denunciado inmediatamente lo sucedido.

USCIS permite presentar cualquier prueba creíble que sea pertinente para la solicitud. Sus directrices de política abordan específicamente este enfoque probatorio y la necesidad de evaluar la totalidad de las pruebas.

Según las circunstancias, las pruebas de respaldo pueden incluir:

La ausencia de un documento específico no necesariamente pone fin a un caso de Visa T. Al mismo tiempo, la existencia de documentos no demuestra automáticamente la elegibilidad. En conjunto, las pruebas deben explicar lo ocurrido y cómo los hechos cumplen los requisitos legales.

¿Qué importancia tiene una declaración de las autoridades?

Un sobreviviente puede presentar como prueba de respaldo el Formulario I-914, Suplemento B, Declaración del Funcionario Encargado de Hacer Cumplir la Ley para la Víctima de Trata de Personas.

USCIS explica que una declaración de las autoridades puede ser una prueba útil, pero el organismo certificador no decide si el sobreviviente reúne finalmente los requisitos para obtener el estatus de no inmigrante T. Esa determinación corresponde a USCIS.

El proceso de declaración tampoco exige que haya concluido un proceso penal. USCIS indica que no es necesario que se hayan presentado cargos y que la investigación no tiene que seguir abierta necesariamente cuando un organismo firma la declaración.

Esta distinción es importante para los sobrevivientes que creen que no pueden solicitar alivio migratorio porque el caso penal no dio lugar a cargos ni a una condena.

La presencia física puede ser una cuestión decisiva

Otro requisito importante es la presencia física en Estados Unidos como consecuencia de la trata.

El análisis no se limita a determinar si una persona vive actualmente en Estados Unidos. USCIS considera si la presencia del solicitante está relacionada con la trata conforme a las normas legales y reglamentarias aplicables.

La actualización de política de USCIS de 2024 ofreció orientación adicional sobre este requisito, incluidas las circunstancias en las que una persona sale de Estados Unidos después de haber sufrido trata. Las directrices actualizadas reconocen ciertas excepciones a la regla general y explican cómo deben evaluar los funcionarios el requisito de presencia física.

Como este asunto puede depender de los hechos específicos, una persona que haya salido anteriormente de Estados Unidos no debe asumir que esa salida hace imposible obtener una Visa T.

¿Puede una Visa T proporcionar autorización de empleo?

El estatus de no inmigrante T puede proporcionar autorización de empleo a quienes reúnen los requisitos.

USCIS explica que las personas con estatus de no inmigrante T pueden reunir los requisitos para obtener autorización de empleo y que la agencia tiene procedimientos separados para la autorización de empleo relacionada con el Formulario I-914 y las solicitudes T derivadas.

La autorización de empleo puede ser especialmente importante para un sobreviviente que intenta alcanzar la independencia financiera después de salir de una situación de trata.

Sin embargo, los solicitantes deben distinguir entre presentar una solicitud de Visa T y recibir efectivamente la autorización de empleo. USCIS indica que no comienza a adjudicar el Formulario I-765 relacionado, presentado junto con el Formulario I-914 o I-914A, hasta que toma una decisión final sobre la solicitud T subyacente.

¿Qué sucede con la familia del sobreviviente?

Ciertos familiares pueden reunir los requisitos para obtener estatus de no inmigrante T derivado a través del solicitante principal.

Los familiares que pueden reunir los requisitos dependen, en parte, de la edad del solicitante principal y de la relación familiar. USCIS identifica a los cónyuges y a los hijos solteros menores de 21 años entre los familiares que pueden reunir los requisitos, y ofrece protecciones derivadas adicionales en determinadas circunstancias en las que existe un peligro actual de represalias. Si el solicitante principal tenía menos de 21 años al presentar la solicitud, también pueden reunir los requisitos ciertos padres y hermanos solteros menores de 18 años.

Los familiares con estatus T derivado no están sujetos al mismo límite numérico anual que se aplica a las Visas T principales.

Como la elegibilidad de los familiares derivados está sujeta a normas específicas, sus circunstancias deben evaluarse como parte del caso general, en lugar de asumir que reúnen automáticamente los requisitos.

¿Existe un límite para las Visas T?

El Congreso ha establecido un límite legal anual de 5.000 Visas T para solicitantes principales. Los familiares derivados no se contabilizan dentro de ese límite.

USCIS informa que el límite de Visas T principales no se ha alcanzado desde la creación del programa.

Por tanto, este límite legal es distinto del de los programas en los que los cupos anuales suelen agotarse. Aun así, los solicitantes deben comprender que el marco de la Visa T incluye límites numéricos.

La confidencialidad es especialmente importante

Es comprensible que muchos sobrevivientes de la trata estén preocupados por su privacidad.

USCIS indica que la información relativa a los solicitantes principales de la Visa T y a sus familiares que reúnen los requisitos está protegida conforme al artículo 1367 del título 8 del Código de los Estados Unidos. La divulgación de información relacionada con una persona que tiene una solicitud de Visa T pendiente o aprobada está restringida, salvo en ciertas circunstancias limitadas.

USCIS también cuenta con procedimientos especiales para las personas protegidas en relación con los cambios de domicilio y las comunicaciones. Estos procedimientos incluyen específicamente a las personas con solicitudes de Visa T pendientes o aprobadas.

Esto significa que la confidencialidad debe tenerse en cuenta no solo al preparar la solicitud, sino también al decidir dónde debe recibirse la correspondencia de USCIS y cómo debe manejarse la información sensible.

¿Qué cambió con la regla final sobre la Visa T?

En 2024, USCIS implementó una regla final sobre la Visa T que introdujo varios cambios y aclaraciones en las regulaciones y las directrices de política relacionadas con esta visa.

Las directrices actualizadas abordan cuestiones como:

Las directrices de política entraron en vigor para las solicitudes presentadas a partir del 28 de agosto de 2024, con disposiciones específicas que regulan el proceso de determinación de buena fe.

Los materiales públicos de USCIS también explican que la regla final de 2024 no modificó la duración básica del estatus T ni la vía existente hacia el ajuste de estatus, aunque sí introdujo cambios en el proceso de determinación de buena fe.

Como los procedimientos de la Visa T pueden evolucionar, las solicitudes deben prepararse utilizando los formularios, las instrucciones, las regulaciones y las directrices de política de USCIS que estén vigentes cuando se presente el caso.

¿Puede una Visa T conducir a una Green Card?

El estatus de no inmigrante T es temporal, pero puede ofrecer una vía hacia la residencia permanente legal para quienes reúnen los requisitos.

Por lo general, una persona con estatus de no inmigrante T puede solicitar el ajuste de estatus después de cumplir los requisitos aplicables, incluido el período de presencia física continua exigido. Los materiales de USCIS describen un requisito general de tres años de presencia física continua, con una regla alternativa en ciertos casos en los que la investigación o el proceso judicial haya concluido antes. También se aplican otros requisitos, incluidos el buen carácter moral y el cumplimiento continuo de las condiciones pertinentes relacionadas con la trata.

Una persona con Visa T no recibe automáticamente una Green Card por el simple hecho de que hayan transcurrido tres años. El solicitante debe cumplir los demás requisitos legales y reglamentarios para el ajuste de estatus.

Ciertos familiares con estatus T derivado que reúnan los requisitos también pueden solicitar el ajuste de estatus, siempre que cumplan las condiciones aplicables.

¿Qué ocurre si el sobreviviente tiene otros problemas migratorios?

Los sobrevivientes de la trata pueden tener historiales migratorios complicados.

Una persona puede haber entrado en Estados Unidos sin pasar por una inspección migratoria, haberse quedado más tiempo del autorizado por una visa, haber trabajado sin autorización, haber utilizado documentos falsos o haber sido incluida anteriormente en un proceso migratorio ante un tribunal.

Estos asuntos deben identificarse antes de presentar la solicitud.

El hecho de que una persona haya infringido las normas migratorias no determina por sí solo si puede obtener protección mediante la Visa T. La legislación sobre la Visa T contiene disposiciones específicas sobre inadmisibilidad y perdones migratorios, y el análisis adecuado depende del motivo concreto.

Por lo tanto, revisar el historial migratorio completo puede ser tan importante como documentar la propia trata.

¿Visa T u otra forma de alivio migratorio?

Un sobreviviente de la trata no debe asumir automáticamente que la Visa T es su única opción migratoria posible.

Según los hechos, también puede ser necesario considerar:

Visa U: Un incidente de trata puede implicar una actividad delictiva elegible para el estatus de no inmigrante U. La Visa U tiene sus propios requisitos, incluidos el abuso físico o mental considerable y la colaboración con las autoridades.

VAWA: Cuando la persona responsable es un cónyuge, padre, madre o hijo que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal y reúna los requisitos, una autopetición bajo VAWA puede ser pertinente si se cumplen las condiciones legales.

Otras formas de protección humanitaria o de defensa: Según el historial migratorio y las circunstancias del sobreviviente, puede ser necesario evaluar otras formas de protección.

La opción adecuada depende de la naturaleza de la victimización, la relación involucrada, las pruebas disponibles, el historial migratorio del sobreviviente y los requisitos legales de cada programa.

¿Qué debe hacer primero un sobreviviente de la trata?

El primer paso debe ser una evaluación legal privada, en lugar de elegir inmediatamente un formulario migratorio.

Una revisión cuidadosa puede ayudar a determinar:

  1. Qué ocurrió y si la conducta puede cumplir la definición legal de trata de personas.
  2. Dónde y cuándo ocurrió la trata.
  3. Por qué el sobreviviente se encuentra actualmente en Estados Unidos.
  4. Si se aplican los requisitos de denuncia y cooperación.
  5. Qué pruebas están disponibles.
  6. Si puede aplicarse alguna excepción o exención.
  7. Si existen problemas de inadmisibilidad u otras cuestiones migratorias.
  8. Si pueden beneficiarse familiares que reúnan los requisitos.
  9. Si también debe considerarse otra opción migratoria.

Este enfoque puede ayudar a evitar que un sobreviviente presente una solicitud que no aborde adecuadamente los requisitos legales.

La Visa T está diseñada para sobrevivientes, pero cada caso es diferente

La Visa T puede ofrecer una opción migratoria importante a las personas que han sufrido formas graves de trata de personas. Puede proporcionar estatus migratorio temporal, autorización de empleo, ciertas protecciones para familiares y una posible vía hacia la residencia permanente para quienes cumplan los requisitos aplicables.

Sin embargo, los casos de trata rara vez son sencillos.

Una misma descripción general de explotación puede plantear cuestiones migratorias muy diferentes según los hechos, las pruebas, el historial migratorio y la relación entre el sobreviviente y el tratante.

Para los sobrevivientes de Nueva York, el condado de Westchester, el Bronx, New Rochelle, Yonkers, White Plains y las comunidades cercanas, Genova Law ayuda a sus clientes con asuntos relacionados con la Visa T y otras formas de protección migratoria humanitaria.

Una revisión confidencial de las circunstancias puede ayudar a determinar si el estatus de no inmigrante T u otra opción migratoria puede ser pertinente para el caso.

Importante: Este artículo tiene fines informativos generales y no constituye asesoramiento legal. La elegibilidad para la Visa T depende de los hechos específicos de cada caso, y las leyes, regulaciones, formularios y procedimientos de USCIS pueden cambiar.